Es un modelo relativamente nuevo, altamente conocido por una asesoría de empresas en Asturias. El documento 720 se aprobó a finales de octubre de 2012 y con él se debe presentar la declaración informativa de todos los bienes y derechos situados en el extranjero.
¿Cuándo debe presentar este modelo a la AEAT? ¿Qué debemos saber sobre el mismo? A continuación, te aportamos toda la información.
Asesoría en Asturias para cumplimentar el modelo 720: todo sobre este modelo
La presentación de este modelo por parte de la AEAT permite informar sobre las cuentas en entidades financieras, valores y derechos (además de rentas y seguros) que están depositados u obtenidos en el extranjero y, por último, informar sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
La Ley divide los diferentes bienes a informar en diferentes grupos (tres) y para cada uno se establecen exenciones si nos encontramos en la obligación de informar sobre el 720.
Quién está obligado a presentar este modelo
Están obligadas las personas físicas y jurídicas que vivan en territorio español y que sean titulares, representantes, beneficiarios, personas o entidades que poseen cuentas, bienes o valores en el extranjero. No existe obligación de informar de todos los bienes si estos no superan los 50 000 euros de valor.
Cómo presentar el modelo 720
La declaración informativa realizada con este modelo se presentará del 1 de enero al 31 de marzo del ejercicio posterior al que se refiera la información del modelo. Eso sí, si no has presentado el modelo, tendrás tres días naturales más para efectuar la presentación.
Asesoría en Asturias que te ayuda con este modelo
¿Qué es el modelo 720 y cómo presentarlo?
Como asesoría de empresas en Asturias te ayudamos a presentar este modelo, siempre ofreciéndote asesoramiento empresarial y profesional. Es importante que lo hagas puesto que Hacienda está sancionando a las personas que omitan informar sobre estos bienes en el extranjero, según informan los abogados y asesores en Oviedo.