Dentro de todos los planes que realizamos en una asesoría de empresas en Asturias, está el de declarar el IVA intracomunitario. En todas las operaciones se debe pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido, pero cuando se opera con empresas europeas, el impuesto, cambia de lugar.
Con la creación de la Comunidad Europea se establecieron algunas normales especiales para este impuesto. Entre ellas, la de no introducir el IVA a sus clientes europeos.
Pero, ¿cómo se declara este IVA? Los mejores abogados y asesores en Oviedo te cuentan todos los detalles.
Asesoría de empresas en Asturias: cómo se declara el IVA intracomunitario
En primer lugar, debemos aclarar que cualquier profesional o empresa debe darse de alta en el ROI. Para ello, con la ayuda de asesoramiento empresarial y profesional, deberás rellenar la casilla 582 del modelo 036, con la fecha de la primera operación.
Este IVA debe declararse a través del modelo 349 de la AEAT. Con él se debe informar de las operaciones realizadas con otras empresas o clientes de la UE. Para importes inferiores de 35 000 euros en entregas de bienes o prestaciones de servicios, el 349 se presenta una vez al año. Para importes mayores, el modelo se debe presentar cada uno, dos o tres meses.
Recuerda que existe, por otro lado, un resumen del IVA anual (modelo 390) en las que se deben consignar estas operaciones por separado.
Recuperar el IVA que se han pagado en tus exportaciones: contar siempre con una asesoría en Asturias
En cambio, si lo que deseas es recuperar el IVA que se ha pagado en las exportaciones dentro de la UE, se rellenará el modelo 360. En él se deben indicar los datos del proveedor y factura.
Recuerda la inclusión del IVA intracomunitario en las transacciones con empresas de la UE. Una asesoría de empresas en Asturias te ayuda con este modelo.